Por: Gabriel Prado Hernández, Gabriel Prado, Nicole Herrera
Comisión Comunicación Univalle
Hoy 20 de abril a las 14:30 de la mañana, se realizó en el Auditorio de cultura de la Universidad Privada del Valle el panel de migración por la cultura. El mismo analizó las causas directa e indirectas de los aspectos relacionados con el cambio climático y las falsas soluciones que han desarrollado los países e instituciones financieras internacionales y trasnacionales con respecto a los derechos económicos, sociales y culturales de las personas que han sido desplazadas por los desastres ocurridos a raíz del cambio climático por el cual está pasando el planeta tierra.
Los expositores del panel fueron: Raul Delgado Weiss, Pablo de la Vega, Colin Rajah, Aldo Morrone y Alice Cutler y el papel de moderador de la discusión estuvo a cargo Alfonso Hinojosa.
En el trascurso de la tarde el panel desarrolló posibles soluciones con respecto a los derechos humanos, democracia y desarrollo, que permitan promover los derechos humanos de los migrantes y sus familias.
Las preguntas emitidas como punto de partida, previamente planteadas por los participantes hacían mención a:
¿Quiénes son los migrantes climáticos?
¿Qué causas y consecuencias conllevan la migración por causas climáticas?
¿Debe mantenerse la terminología actual?(esto con respecto al desarrollo capitalista)
¿Qué acciones deberían aplicarse para que la migración forzada por causas climáticas no tenga efectos tan adversos?
¿Qué papel desempeñan los países desarrollados y cuáles son los efectos en los países en vías de desarrollo?
¿Cuáles son los efectos que generan los flujos migratorios sobre el cambio climático?
En el panel se han hecho mención a los grandes avances que se han logrado en el marco legal para la protección de los derechos en cuanto a los desplazados por causas y efectos producidos por los desastres naturales.
De igual manera, se ha planteado la necesidad de crear nuevos enfoques que se basen en nuevas cooperaciones entre los estados, que estén fundamentados sobre la base de la solidaridad internacional y la repartición igualitaria de las responsabilidades. El nuevo enfoque vendría a dar respuesta a las nuevas formas y patrones de migración a los que está condicionado el ser humano por el cambio climático del planeta.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) han generado un grupo temático de protección, con el objetivo de codirigir un grupo mundial de coordinación y gestión de campamentos. Por otro lado, también han asumido la creación de un grupo temático de albergues de emergencia, en conjunto con la federación internacional de sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.
Walter Kalin, quien es Representante del Secretario General sobre los Derechos Humanos de los Desplazados Internos, ha identificado como causas directas e indirectas del desplazamiento humano a los: desastres hidrometeorológicos (Inundaciones, tifones, etc.), zonas designadas por los gobiernos como de alto riesgo y peligrosas de habitarlas, degradación del medio ambiente ocasionado por el inadecuado proceso de producción implementado por parte de las industrias.
Otro de los casos de las migraciones directas son los conflictos armados provocados por la disminución de los índices de los recursos naturales (agua, alimentos y suelo) del planeta.
La migración de las personas afectadas por los desastres naturales, muchas veces es interna, en su propio territorio o país, aunque en casos muy graves las migraciones llegan hasta las fronteras entre países vecinos.
En este fenómeno de migración a raíz del cambio climático, se debe tomar en consideración la situación de los migrantes que se encuentran fuera de su país en el momento de ocurrencia de un desastre y que debido a ello no puedan y/o no deseen regresar a su hogar.
Los desplazados internos deberán recibir la protección y ayuda de acuerdo con los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de 1998.
Un aspecto muy importante sería si las personas requieren protección internacional y, de ser así, por qué motivo esta necesidad podría convertirse en un derecho.
Respondiendo a ello, varias organizaciones y analistas han utilizado el concepto de “refugiados ambientales” o el de “refugiados por efecto del clima” para referirse a la gente que se ve obligada a dejar su lugar habitual de residencia como resultado del cambio climático a largo plazo o por desastres naturales repentinos.
A su vez, éstos han planteado herramientas político - jurídicas que permitan viabilizar el reconocimiento de los derechos de los refugiados ambientales en otros países. En resumen tratar de ampliar el concepto de los derechos fundamentales humanos con el objetivo de permitir cada vez más la equidad, justicia e igualdad entre las naciones que coexisten es un parámetro de interdependencias de los estados.
Otra determinación, fue la de generación de un nuevo sistema económico que permita el desarrollo sin tener que estar causando cambios en la naturaleza que se manifiesten en desastres naturales a los habitantes de los diferentes ecosistemas del planeta tierra.
miércoles, 21 de abril de 2010
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario